El pasado día 17 de enero se alcanzo el acuerdo definitivo de modificación del actual XX Convenio Colectivo y también se acordó el XXI Convenio Colectivo, con una vigencia de 3 años desde enero del 2012 hasta diciembre del 2014. Los dos sindicatos firmantes poco o nada han explicado sobre las medidas acordadas y como van a afectar al conjunto de trabajadores/as. CCOO esta recibiendo muchas quejas de la plantilla porque esta no conoce las medidas pactadas. Este sindicato entiende que la plantilla tiene derecho a estar informada y ya que los sindicatos firmantes no lo han explicado lo vamos a intentar hacer nosotros.
FLEXIBILIDAD:
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Se racionaliza el límite de disfrute de los días de floating, para compatibilizar conciliación y producción. Esto quiere decir, según palabras de la propia Dirección, que si en un modulo o departamento del cual se pueden ir hasta dos trabajadores/as, esto pudiera incidir en la normal y correcta producción, se podría limitar el numero de trabajadores que tuvieran derecho a ese disfrute a uno o ninguno.
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Se acuerdan hasta 15 sábados de trabajo, siendo 12 obligatorios y 3 voluntarios. En la actualidad tenemos 10 obligatorios y si se necesitaran más deben de solicitarlos al Comité de Empresa, argumentando la necesidad, siendo estos voluntarios y pudiendo negociar la compensación económica a percibir.
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Se acuerda que de la actual bolsa de 40 horas voluntarias, 32 pasen a ser obligatorias, hasta el momento todas eran voluntarias y nos podíamos negar a realizarlas, a partir de ahora ya no será así y deberemos realizarlas forzosamente. El preaviso sería de 48 horas en situación normal, 24 en caso de urgencia con preaviso al Comité de Empresa y en el mismo día si puede suponer perdida de producción, en este último caso su realización sería voluntaria.
JORNADA DE TRABAJO:
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Se acuerda que las primeras 64 horas de trabajo en sábados o en la bolsa de horas, únicamente puedan ser compensadas económicamente, eliminando así la opción de día de disfrute, con lo que se aumenta la jornada laboral individual anual en 64 horas obligatoriamente.
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Se elimina el disfrute de los 4 días de productividad y pasan a compensarse a partir de 2012 a razón de 155 euros brutos, 116 netos, con lo que se aumenta la jornada laboral individual en 32 horas obligatoriamente.
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Se eliminan los 3 minutos de recoger herramientas, que multiplicado por 225 días laborables son 675 minutos, llevado a horas son 11 horas y 15 minutos, con lo que se aumenta la jornada laboral anual afectiva en 11 horas obligatoriamente y sin compensación económica.
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Todas estas medidas además llevan implícito una menor necesidad de empleo, ya que al tener menos días de disfrute, hacen falta menos trabajadores/as para poder suplir la ausencia de los que están de disfrute.
En próximas hojas informativas seguiremos desglosando el resto de medidas acordadas e informando de la afectación que tendrán para todo el conjunto de trabajadores/as. Todos tenemos el derecho a conocer punto por punto los acuerdos que una mayoría del Comité de Empresa ha alcanzado y CCOO va a explicarlos.
Sección Sindical de CCOO Nissan
Feb 8 2011
ASÍ NOS AFECTARAN LAS MEDIDAS PACTADAS I: FLEXIBILIDAD Y JORNADA DE TRABAJO
By CCOO Abertis • sindical •