Permisos y Licencias Retribuidos

*En los casos de fallecimiento, enfermedad grave o intervención quirúrgica que requiera hospitalización de parientes de 1º y 2º grado, o por nacimiento de un hijo, si la circunstancia que da lugar a la licencia se produce una vez iniciado el horario de trabajo, dicho día no computará.

*En caso de accidente o enfermedad grave con hospitalización se podrán disfrutar los días que correspondan de forma discontinua, a elección del trabajador, mientras se mantenga el hecho causante, siempre que se utilicen los mismos días laborables que en el caso de disfrute interrumpido.

*Se garantizará la igualdad de derechos de las parejas de hecho con respecto a los cónyuges.