En el acuerdo actual del XXIII Convenio Colectivo establecimos una modificación, únicamente de aplicación para el año 2017, en lo referente a los días generados por “bocadillo”, que pertenecen a los trabajadores/as que van a turnos y que por cada 50 días de asistencia al trabajo se les abona 161,94 euros.
Esta modificación consistió en sustituir la compensación económica por días de disfrute individual y dichos días fueron designados como de no trabajo en los días 2, 3, 4 y 5 de enero de 2017.
Como compensación por dicho acuerdo obtuvimos una serie de días individuales adicionales en función de los siguientes conceptos:
- 0 días disfrute individual adicionales si no se ha generado ningún día de bocadillo
- 1 día disfrute individual adicional si se han generado 1 o 2 días de bocadillo
- 2 días disfrute individual adicionales si se han generado 3 días o más de bocadillo.
Esto quiere decir que aquel trabajador/a que durante el año 2017 haya generado 3 o más días de bocadillo, obtendrá adicionalmente 2 días de disfrute individual que se sumarán a su bolsa individual, y si han generado 1 o 2 días obtendrán adicionalmente 1 día de disfrute individual. En caso de generar el quinto día, éste también pasará a formar parte de la bolsa individual.
Respecto de los trabajadores que en este año no hayan llegado a devengar cuatro días de bocadillo, y sí que hubieran disfrutado de estos 4 días de no trabajo en enero, ahora se le restarían de su Banco de Días, es decir, si un trabajador/a le asignaron 4 días de no trabajo en enero y durante el transcurso del año, solo ha generado 3, ahora le será descontado 1 día de su banco de días 1 (bolsa colectiva).
Así mismo, aquellas personas que hubieran trabajado los días 2, 3, 4, y 5 de enero de 2017, podrán elegir en enero de 2018 entre el cobro de los días de bocadillo o el disfrute individual de los días generados, que pasarán a la bolsa de flexibilidad individual.
Debemos estar atentos a nuestra nómina del mes de Diciembre, (que se cobra el 15 de Enero del 2018), donde se deberá ver reflejado todo lo anteriormente detallado.
Ante cualquier duda, podéis preguntar a cualquier delegado/a de CCOO que podrá analizar vuestra nómina y verificar que todo sea correcto.
Sección Sindical de CCOO de Nissan Zona Franca y Montcada
Barcelona, 12 de Diciembre de 2017
Dic 12 2017
ACUERDO DÍAS DE BOCADILLO DE 2017
En el acuerdo actual del XXIII Convenio Colectivo establecimos una modificación, únicamente de aplicación para el año 2017, en lo referente a los días generados por “bocadillo”, que pertenecen a los trabajadores/as que van a turnos y que por cada 50 días de asistencia al trabajo se les abona 161,94 euros.
Esta modificación consistió en sustituir la compensación económica por días de disfrute individual y dichos días fueron designados como de no trabajo en los días 2, 3, 4 y 5 de enero de 2017.
Como compensación por dicho acuerdo obtuvimos una serie de días individuales adicionales en función de los siguientes conceptos:
Esto quiere decir que aquel trabajador/a que durante el año 2017 haya generado 3 o más días de bocadillo, obtendrá adicionalmente 2 días de disfrute individual que se sumarán a su bolsa individual, y si han generado 1 o 2 días obtendrán adicionalmente 1 día de disfrute individual. En caso de generar el quinto día, éste también pasará a formar parte de la bolsa individual.
Respecto de los trabajadores que en este año no hayan llegado a devengar cuatro días de bocadillo, y sí que hubieran disfrutado de estos 4 días de no trabajo en enero, ahora se le restarían de su Banco de Días, es decir, si un trabajador/a le asignaron 4 días de no trabajo en enero y durante el transcurso del año, solo ha generado 3, ahora le será descontado 1 día de su banco de días 1 (bolsa colectiva).
Así mismo, aquellas personas que hubieran trabajado los días 2, 3, 4, y 5 de enero de 2017, podrán elegir en enero de 2018 entre el cobro de los días de bocadillo o el disfrute individual de los días generados, que pasarán a la bolsa de flexibilidad individual.
Debemos estar atentos a nuestra nómina del mes de Diciembre, (que se cobra el 15 de Enero del 2018), donde se deberá ver reflejado todo lo anteriormente detallado.
Ante cualquier duda, podéis preguntar a cualquier delegado/a de CCOO que podrá analizar vuestra nómina y verificar que todo sea correcto.
Sección Sindical de CCOO de Nissan Zona Franca y Montcada
Barcelona, 12 de Diciembre de 2017
By CCOO Abertis • app, Noticias, sindical •